- El Ejecutivo endurece las leyes para castigar violencia de género.
Perú.- Hasta con la cadena perpetua se contempla castigar el feminicidio cuando concurran dos o más circunstancias agravantes en este tipo de crímenes contra las mujeres en el país.
Así lo establece el Decreto Legislativo N° 1323 que incorporó como circunstancia agravante el hecho de que el feminicidio se cometa a sabiendas de la presencia de las hijas o hijos de la víctima o de niños, niñas o adolescentes que se encuentren bajo su cuidado.
El daño psíquico podrá ser considerado como una lesión grave, conforme al Decreto Legislativo Nº 1323, que estable una pena de hasta con ocho años de cárcel (no será menor de 4). Según el artículo 121 del Código Penal, son consideradas lesiones graves “las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental de una persona que requiera 30 o más días de asistencia o descanso según prescripción facultativa o se determina un nivel grave o muy grave de daño psíquico”.
Discriminación sexual
La discriminación por orientación sexual e identidad de género son ahora agravantes para sancionar delitos tras la publicación ayer del DL 1323.
“Es agravante ejecutar el delito bajo móviles de intolerancia o discriminación, tales como el origen, raza, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión, condición económica, o de cualquier otra índole”, reza la norma.
Con información de ElPopular